Eficiencia, honestidad y gestión personalizada"

Asesoramiento jurídico a CONSORCIOS

 

Resuelvo toda la problemática que gira en torno a la Propiedad Horizontal (Ley 13.512).

  1. Juicio Ejecutivo por Cobro de Expensas.
  2. Daños y Perjuicios.
  3. Oposición a las medidas urgentes (art. 623 Ter C.P.C.C.N.)
  4. Confección de cartas documentos.
  5. Confección de acuerdos.
  6. Asistencia letrada a mediación.

1.- Ante el incumplimiento en el pago de las expensas por parte de algún consorcista, existe la posibilidad de iniciar lo que se denomina un Juicio Ejecutivo. Las expensas son títulos ejecutivos por sí mismos, por lo que un juicio de este caracter (ejecutivo), es relativamente rápido.

Si bien no requiere de intimación previa, la mayoría de la jurisprudencia, lo considera conveniente a los fines de demostrar que exisitó un requerimiento previo antes de iniciar acciones judiciales.

Por tal motivo siempre aconsejo antes de iniciar acciones judiciales, intimar en forma fehaciente al consorcista moriso (mediante carta documento / telegrama colacionado), el reclamo de la deuda, bajo apercibimiento de iniciar acción en sede judicial.

Tampoco es necesario esperar tanto tiempo para iniciar el reclamo. Con dos o tres meses de mora podemos comenzar con la intimación y de acuerdo a la respuesta actuaremos en consecuencia.

2.- Es muy habitual que exista dentro de un edificio conflictos entre los consorcistas entre sí y/o entre consorcista y consorcio, por daños ocasionados dentro del inmueble.

Generalmente son por problemas de filtración, pero puede ser por otras causales.

En primer lugar hay que determinar la proveniencia de los daños. Los mismos pueden provenir de partes comunes del edificio o de una parte privativa del departamento. Hay que analizar el Reglamento de Copropiedad para determinar cuáles son las partes comunes y privativas.

A tal fin se aconseja realizar un informe por un Ingeniero o Arquitecto matriculado.

Una vez determinada la proveniencia del daño, podemos saber contra quién vamos a dirigir el reclamo (consorcista o consorcio).

Este tipo de reclamo requiere de mediación prejudicial obligatoria. De no llegar a un acuerdo en esta instancia, se encuentra abierta la vía legal para iniciar acciones en sede judicial.

3.- Cuando existan daños ocasionados en un inmueble o dentro del edificio proveniente de otro inmueble o edificio quien se opone a realizar o permitir que se realicen las reparaciones necesarias para hacer cesar la causa del perjuicio, se inicia la medida prevista en el art.623 ter. del CPCCN.

4.- El reclamo leagal generalmente comienza con una carta documento. Ya sea para reclamar el pago de expensas, la reparación de un daño, hacer cesar ruidos molestos, etc.

La correcta redacción de la misma es sumamente importante porque es la que va a fijar posición jurídica.

5.- Un conflicto puede terminar felizmente con un acuerdo entre las partes.

Este acuerdo puede realizarse antes, durante o inclusive al finalizar una contienda judicial.

Se puede firmar un acuerdo de reconocimiento de deuda de expensas, de reparación de daños, de compromiso por cesar con los ruidos molestos, etc.

6.- La mediación prejudicial es obligatoria para la mayoría de los juicios y en otros casos es opcional.

La estadística indica que desde la sanción de la ley de mediación (ley 25.473) el 50% de los casos se resuelven en mediación.

De allí la importancia de estar bien asesorado y asistido por un profesional con experiencia en la meteria, a los fines de arribar a un acuerdo que sea lo más justo posible.

Contacto

Paola A. Oppedisano

oppedisano@hotmail.com.ar

Lavalle 1290, Piso 12 "Oficina 1203" C.A.B.A.

4982-8823
Cel: 15-3167-8919

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ACCIDENTES DE TRANSITO

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Despidos - Accidentes de trabajo

En caso de que sus derechos laborales no sean respetados, Ud. tiene derecho a que se respeten. Tiene derecho a que se encuentre registrado correctamente, a que se le paguen las horas extras, el salario de convenio, los aumentos pactados con los respectivos gremios, a que se le respeten las licencias legales. Si es despedido, tiene derecho a que se lo indemnice en forma correcta, sin eludir ningún rubro. Del mismo modo, en caso de accidente laboral o enfermedad accidente, Ud. tiene derecho a ser indemnizado en la medida justa. Es muy común que el importe que pretendan abonarle en caso de accidente sea bastante menor al que le corresponda. Siempre es conveniente asesorarse antes de aceptar un importe que a la postre sea inconveniente.

En forma personalizada lo asesoraré de ser necesario y efectuaremos las gestiones tendientes a obtener los resultados más favorables para Ud.

Sucesiones

Ab- Intestato / Testamentarias.

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Cepo cambiario

Si de alguna forma ha sido afectado por el "cepo cambiario" no dude en consultar las distintas alternativas que posee para hacer valer sus derechos.

 

CONSORCIOS

Sr. Administrador de Consorcio:

Resuelvo toda la problemática que gira en torno a la Propiedad Horizontal.

  • Juicio Ejecutivo por Cobro de Expensas.
  • Daños y Perjuicios.
  • Oposición a las medidas urgentes (art. 623 Ter C.P.C.C.N.)
  • Confección de cartas documentos.
  • Confección de acuerdos.
  • Asistencia letrada a mediación.

 

PROPIETARIOS. Locaciones Urbanas.

Si tiene un inmueble dado en locación, realizo todo tipo de gestión extrajudicial y judicial tendiente a defender sus intereses.

  • Averiguación registral del inmueble del garante.
  • Confección de contrato de locación.
  • Confección de convenios de desocupación.
  • Confección de acuerdos sobre reconocimiento de deudas.
  • Confección de cartas documentos.
  • Actas de recepción de inmuebles.
  • Juicio ejecutivo por cobro de alquileres.
  • Juicio de Desalojo por falta de pago, por vencimiento de contrato, por intrusión.
  • Daños y Perjuicios.

 

INMOBILIARIAS. Compra-venta. Locaciones Urbanas.

Sr. Agente Inmobiliario:

Realizo todas las gestiones extrajudiciales y judiciales, a fin de concretar con éxito una operación inmobiliaria.

  • Confección de encomienda de venta / locación.
  • Confección de contrato de Reserva ad-referendum de la aceptación del vendedor / locador.
  • Confección de cartas documentos.
  • Asistencia a audiencia de mediación.
  • Confección de acta de comunicación de reserva y aceptación de condiciones.
  • Asesoramiento integral a fin de defender el cobro de la comisión inmobiliaria.
  • Juicio por cobro de comisión.

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